Impuestos sobre el Alquiler de Viviendas Vacacionales en España

¿Cuánto Impuesto Debes Pagar por los Ingresos de Alquiler en España?

Fiscalidad del alquiler vacacional en España

Cuando alquila una vivienda vacacional en España, debe cumplir determinadas obligaciones fiscales. He aquí los detalles:

1. Fiscalidad de los ingresos por alquiler en España

Para los no residentes fiscales en España:
  • Obligación fiscal: Si no es residente fiscal en España pero obtiene ingresos de una vivienda alquilada situada en territorio español, está obligado a pagar impuestos por esos ingresos (IRNR – Impuesto sobre la renta de los No Residentes).
  • Tipo impositivo:
    • Para residentes en la UE, Islandia y Noruega: 19% de los ingresos netos.
    • Para los residentes fuera de la UE/EEE: 24% de los ingresos brutos (sin deducción de gastos).
Para residentes fiscales en España:
  • • Los ingresos por alquiler tributan a tipos progresivos, que van del 19% al 54%, en función de sus beneficios anuales totales (IRPF – Impuesto sobre la Renta de las Personas Fïsicas).

2. Gastos deducibles

Para residentes en la UE/Espacio Económico Europeo (incluidos Islandia y Noruega):

Los no residentes en la UE/EEE pueden deducir determinados gastos, de modo que sólo se pagan impuestos sobre los ingresos netos. Los gastos deducibles incluyen:

  • Intereses hipotecarios relacionados con la vivienda.
  • Mantenimiento y reparaciones (no renovaciones importantes).
  • Cuotas de la comunidad de propietarios.
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y otros impuestos locales.
  • Seguros (por ejemplo, seguro de hogar y de contenido).
  • Gastos de agua y energía (sólo para el periodo en que la vivienda estuvo alquilada).
  • Depreciación de la vivienda (generalmente el 3% del valor de la construcción, excluido el valor del terreno).
  • Otros gastos relacionados con el inmueble.

NOTA: La deducibilidad de algunos de estos gastos será proporcional al número de días que haya estado alquilada la vivienda.

Para residentes fuera de la UE/Espacio Económico Europeo:
  • No se permite la deducción de gastos. Los impuestos gravan los ingresos brutos al 24%.

3. Obligaciones administrativas y fiscales

  • Inscripción en la Agencia Tributaria española (Hacienda): Los no residentes deben darse de alta para poder presentar la declaración de la renta.
  • Formulario 210 (Declaración de no residente): Es el formulario que deben utilizar los no residentes para declarar los ingresos por alquiler.
  • Licencia de alquiler: Dependiendo de la comunidad autónoma, puede necesitar una licencia para alquilar legalmente. Consulta la normativa específica de tu comunidad autónoma.
  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Los alquileres que incluyan la prestación de otros servicios típicos de la industria hotelera estarán sujetos a un IVA del 10% o del 21% según el caso. Ejemplos de estos servicios son: limpieza, ropa de cama, servicio telefónico 24 horas, recepción u otros servicios típicos de hotel ofrecidos en alquileres vacacionales.
  • Tasa turística: En algunas regiones, como Cataluña o Baleares, es obligatorio recaudar y declarar una tasa turística.

Resumen

  • Tipos impositivos: Los residentes fiscales en la UE/EEE pagan un 19% sobre los ingresos netos, mientras que los no residentes fiscales en la UE/EEE pagan un 24% sobre los ingresos brutos y los residentes fiscales de España pagan entre un 19% y 54% de los ingresos netos.
  • Deducción de gastos: Solo posible para residentes fiscales en la UE/EEE o residentes fiscales en España y limitada a determinados gastos específicos.
  • Es importante presentar los formularios correctos y registrar la propiedad adecuadamente para evitar sanciones.

Aviso Legal: La información contenida en esta página web tiene un carácter meramente informativo y no constituye en ningún caso una recomendación ni asesoramiento legal. Dado que la normativa en materia de alquiler de viviendas puede estar sujeta a cambios y a interpretaciones específicas, se recomienda a cualquier interesado que, antes de tomar decisiones al respecto, consulte con un profesional especializado en la materia.

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