Registro Obligatorio de Huéspedes para Casas de Vacaciones en España

¿Qué Información Debes Recoger de tus Huéspedes?

Registro obligatorio de huéspedes en viviendas de vacaciones

1. Obligación de registrar a los invitados

Todos los huéspedes que se alojen en su alojamiento turístico deben estar registrados y es obligatorio para todos los viajeros, incluidos los menores mayores de 14 años.

2. Registro en el Ministerio del Interior

Las inscripciones deben realizarse a través del sistema central del Ministerio del Interior (SES.HOPEDAJES). El antiguo sistema a través de la Policía Nacional o la Guardia Civil ya no se utiliza.

Pasos para acceder al sistema:

  • Registro como propietario: Solicite el registro en el Ministerio del Interior a través de su página web oficial.
  • Documentos necesarios:
    • Identificación (pasaporte o NIE/DNI).
    • Los papeles de propiedad del alojamiento o un contrato de alquiler si eres gestor.
    • Licencia de alquiler turístico en vigor de la Generalitat Valenciana.
  • Acceso a la plataforma: Tras la aprobación, recibirá los datos de acceso al sistema de notificación, denominado Registro de Viajeros.
3. Información sobre el invitado que se va a registrar
  • Datos personales:
    • Nombre y apellidos
    • Fecha de nacimiento
    • Nacionalidad
    • Número de identificación y tipo de documento (por ejemplo, pasaporte o carné de identidad)
  • Información sobre la residencia:
    • Fecha de llegada y salida
  • Verificación: A su llegada, los huéspedes deberán presentar su documento de identidad para que usted pueda verificar su identidad.
4. Obligación de informar en 24 horas

Debe enviar los datos de todos los huéspedes a través del sistema del Ministerio del Interior en las 24 horas siguientes a su llegada. Esto puede hacerse manualmente a través de la plataforma en línea o de forma automatizada mediante una solución de software certificada.

5. Obligación de retención

Los propietarios están obligados a conservar una copia del registro de huéspedes, ya sea en formato físico o digital, durante un periodo mínimo de 3 años.

6. Privacidad y protección de datos

Garantizar que los datos se procesan de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR/GDPR). Los datos deben almacenarse de forma segura y solo debe acceder a ellos el personal autorizado.

7. Inspecciones y sanciones

Las autoridades pueden realizar controles para verificar el cumplimiento de las obligaciones de registro. Las multas por incumplimiento oscilan entre 600 y 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

8. Información y apoyo adicionales

Para obtener ayuda o más información sobre los requisitos de inscripción, visite el sitio web oficial de laOficina de Turismo .

En caso de duda, póngase en contacto con un asesor jurídico o un servicio de alquiler especializado.

Resumen

Esta lista de comprobación le ayudará a cumplir los requisitos para el registro de invitados en España, concretamente en la Comunidad Valenciana. La centralización de las notificaciones a través del Ministerio del Interior simplifica el proceso y garantiza un enfoque uniforme en todo el país.


Aviso Legal: La información contenida en esta página web tiene un carácter meramente informativo y no constituye en ningún caso una recomendación ni asesoramiento legal. Dado que la normativa en materia de alquiler de viviendas puede estar sujeta a cambios y a interpretaciones específicas, se recomienda a cualquier interesado que, antes de tomar decisiones al respecto, consulte con un profesional especializado en la materia.

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