Registro obligatorio de huéspedes en viviendas de vacaciones
1. Obligación de registrar a los invitados
Todos los huéspedes que se alojen en su alojamiento turístico deben estar registrados y es obligatorio para todos los viajeros, incluidos los menores mayores de 14 años.
2. Registro en el Ministerio del Interior
Las inscripciones deben realizarse a través del sistema central del Ministerio del Interior (SES.HOPEDAJES). El antiguo sistema a través de la Policía Nacional o la Guardia Civil ya no se utiliza.
Pasos para acceder al sistema:
- Registro como propietario: Solicite el registro en el Ministerio del Interior a través de su página web oficial.
- Documentos necesarios:
- Identificación (pasaporte o NIE/DNI).
- Los papeles de propiedad del alojamiento o un contrato de alquiler si eres gestor.
- Licencia de alquiler turístico en vigor de la Generalitat Valenciana.
- Acceso a la plataforma: Tras la aprobación, recibirá los datos de acceso al sistema de notificación, denominado Registro de Viajeros.
3. Información sobre el invitado que se va a registrar
- Datos personales:
- Nombre y apellidos
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad
- Número de identificación y tipo de documento (por ejemplo, pasaporte o carné de identidad)
- Información sobre la residencia:
- Fecha de llegada y salida
- Verificación: A su llegada, los huéspedes deberán presentar su documento de identidad para que usted pueda verificar su identidad.
4. Obligación de informar en 24 horas
Debe enviar los datos de todos los huéspedes a través del sistema del Ministerio del Interior en las 24 horas siguientes a su llegada. Esto puede hacerse manualmente a través de la plataforma en línea o de forma automatizada mediante una solución de software certificada.
5. Obligación de retención
Los propietarios están obligados a conservar una copia del registro de huéspedes, ya sea en formato físico o digital, durante un periodo mínimo de 3 años.
6. Privacidad y protección de datos
Garantizar que los datos se procesan de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR/GDPR). Los datos deben almacenarse de forma segura y solo debe acceder a ellos el personal autorizado.
7. Inspecciones y sanciones
Las autoridades pueden realizar controles para verificar el cumplimiento de las obligaciones de registro. Las multas por incumplimiento oscilan entre 600 y 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
8. Información y apoyo adicionales
Para obtener ayuda o más información sobre los requisitos de inscripción, visite el sitio web oficial de laOficina de Turismo .
En caso de duda, póngase en contacto con un asesor jurídico o un servicio de alquiler especializado.
Resumen
Esta lista de comprobación le ayudará a cumplir los requisitos para el registro de invitados en España, concretamente en la Comunidad Valenciana. La centralización de las notificaciones a través del Ministerio del Interior simplifica el proceso y garantiza un enfoque uniforme en todo el país.